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Permisos para la instalación

Permiso de Obras, Solicitud de Autorización del vertido de aguas residuales domésticas y control de la depuración

Es imprescindible informar al Ayuntamiento de la construcción o instalación de una depuradora, solicitando el permiso de obra correspondiente.

Según la ley de Aguas esta prohibido con carácter general el vertido de aguas y productos residuales, directo o indirecto, que puedan contaminar las aguas continentales y marinas, o cualquier elemento del dominio público. La Agencia Catalana del Agua es el organismo competente para otorgar esta autorización en Cataluña. En el caso de las instalaciones que se lleven a cabo en Mas Mestre, será el Ayuntamiento de Olivella quien gestiona la autorización de vertidos ( las cuencas) con la ACA una vez que se solicite el permiso de obra.

En relación con el mantenimiento del sistema de depuración y en lo referente al control de la calidad del agua depurada, hay que hacer una analítica con la periodicidad con que esta operación sea exigida por el Ayuntamiento. El procedimiento es sencillo ya que sólo es necesario recoger en una probeta el agua en la arqueta situada al final del sistema que ya está destinada a este fin para realizar un análisis en un laboratorio y presentar el resultado certificado en el Ayuntamiento.

Entendemos que la implantación de sistemas de saneamiento autónomos en nuestro municipio es un proyecto que se haya en sus fase inicial, su desarrollo se prolongara en el plazo estipulado de cinco años , y el Ayuntamiento está trabajando en la elaboración de su normativa que publicaremos en cuanto esté a nuestra disposición.